Honduras
El pleno del Congreso Nacional aprobó ayer por unanimidad una reforma constitucional que limita las acciones de la Corte Suprema de Justicia y le impide nombrar y despedir jueces para que se dediquen exclusivamente a la labor de impartir justicia.
La reforma fue aprobada luego de que el diputado oficialista Mauricio Oliva solicitara la dispensa del segundo debate y aprobarlo en un tercero y último, lo que el pleno aprobó. El pasado martes había sido aprobado en primer debate.
El presidente del Congreso, Juan Orlando Hernández, dijo ante el pleno que el acuerdo político entre las bancadas es que la ley que se apruebe para regular estas reformas constitucionales también sea aprobada por mayoría calificada.
El debate fue escaso porque la reforma todavía no establece la integración del Consejo de la Judicatura, pero deja claro que deberá tener representación de magistrados de la CSJ, aunque no dice cuántos. Las dudas de algunos diputados están más enfocadas en los miembros que integrarán ese consejo, pues algunos creen que debe estar integrado por el propio presidente de la CSJ y según otros, por otros magistrados.
Concretamente, la reforma plantea derogar las atribuciones de la CSJ en los incisos 1, 8, 9, 10, 11 y 12 del Artículo 313 y reformar el Artículo 317 de la Constitución del República.
Establece la exposición de motivos que el objetivo único es que el Poder Judicial tenga la facultad de seleccionar a los jueces y magistrados con criterios eminentemente profesionales, por medio de instrumentos jurídicos que permitan la selección de los mismos mediante un proceso independiente y especializado, libre de injerencias políticas y de otra naturaleza, utilizando para ello la Ley del Consejo de la Judicatura y Carrera Judicial y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En vista de que se derogan ciertas facultades del Artículo 313 constitucional, en el cual se otorga atribución al pleno de la Corte Suprema de Justicia para la selección, nombramiento y remoción de personal en el Poder Judicial, se recomienda un nuevo párrafo en el Artículo 2, en el cual se le da al presidente de la CSJ la atribución de nombrar y destituir jueces de primera instancia, magistrados de tribunales de alzada y personal administrativo, mientras se aprueba la ley de la judicatura y de la carrera judicial.
El artículo uno pide “reformar las atribuciones 1, 10, y 12 y derogar los numerales 8 y 9 del Artículo 313 de la Constitución. Las atribuciones que le quedan a la CSJ son dirigir el Poder Judicial en la potestad de impartir justicia, conocer los procesos incoados a los más altos funcionarios del Estado y los diputados, conocer en segunda instancia de los asuntos que las Cortes de apelaciones hayan conocido en primera instancia y conocer de las causas de extradición y de las demás que deban juzgarse conforme al derecho internacional.
Las reformas deberán ser ratificadas en la siguiente legislatura.
Denuncian intervencionismo
Tegucigalpa. El Congreso Nacional, CN, pretende politizar la impartición de justicia con la aprobación de la Ley del Consejo de la Judicatura.
La Asociación de Jueces y Magistrados de Honduras, Asojmah, denunció que con esta ley los diputados buscarían nombrar jueces, lo que representa una clara intervención en las facultades del Poder Judicial.
“Basta ya; exigimos un alto a la intervención política de otros poderes del Estado en contra del Poder Judicial”, denunció Teodoro Bonilla, presidente de la Asojmah.
“Estamos en alerta, preocupados, quieren (los diputados) encerrarse en cuatro paredes y darle la sorpresa al pueblo hondureño de que los jueces y magistrados de Honduras ya no sean nombrados por la misma Corte Suprema, sino con intervención al otro poder del Estado, el Congreso Nacional”.
